El Boletín Oficial del Estado publicaba el pasado 30 de julio unas Normas Técnicas de Interoperabilidad de obligado cumplimiento por parte de las administraciones públicas, tal y como recogía ell Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica en el que se establece, en su disposición adicional primera, el desarrollo de estas normas.
Las Normas Técnicas de Interoperabilidad desarrollan aspectos concretos de diversas cuestiones necesarios para asegurar los aspectos más prácticos y operativos de la interoperabilidad entre las Administraciones públicas y con el ciudadano. La relación de normas incluida en la citada disposición adicional primera es la siguiente:
- Catálogo de estándares.
- Digitalización de documentos.
- Expediente electrónico.
- Política de firma electrónica y de certificados de la Administración.
- Protocolos de intermediación de datos.
- Relación de modelos de datos que tengan el carácter de comunes en la Administración y aquellos que se refieran a materias sujetas a intercambio de información con los ciudadanos y otras administraciones.
- Política de gestión de documentos electrónicos.
- Modelo de Datos para el intercambio de asientos entre las Entidades Registrales.
Se están elaborando con la participación de todas las Administraciones públicas, Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales a través de la FEMP y Universidades Públicas a través de la CRUE.
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública (1-08-2011)